Control de las asociaciones público-privadas

Control de las asociaciones público-privadas

Las asociaciones público-privadas son mecanismos de implementación de proyectos de inversión que permiten satisfacer múltiples necesidades relacionadas con el acceso o la mejor en el acceso a servicios e infraestructura pública (carreteras, aeropuertos, hospitales, etc.), de ahí que –planificadas, estructuradas y ejecutadas adecuadamente- las APP sean vistas como motores de bienestar social, crecimiento económico y una alternativa para liberar recursos públicos a programas que requieren de la intervención estatal directa.

El sistema chileno de Concesiones es el pionero en América Latina y el Caribe desde la década de los 90, y ha permitido crear y mejorar el acceso a infraestructura pública destinada a satisfacer un interés público y social superior. Conscientes de esa relevancia, hemos sido capaces de desarrollar un marco institucional sólido que se ha ido adaptando en el tiempo y en que, por lo general, todos los intervinientes (Estado, inversionistas y usuarios) han contado con herramientas para exigir las distintas obligaciones que emanan de los contratos de APP.

Con todo, nuestro sistema de APP es perfectible y bien pueden introducirse mejoras conducentes a aumentar el impacto social, la sostenibilidad de este tipo de proyectos, y reducir las incertidumbres asociadas al desarrollo de proyectos mediante contratos de APP. En suma, incrementar los beneficios en la calidad de vida para todos y todas.
Una de esas posibles mejoras fue recientemente identificada en el marco de la “X Edición del Foro PPP Americas (2021)”, oportunidad en que un grupo de expertos de diversas áreas profundizó en el rol y los principales desafíos de las asociaciones público-privadas en Latinoamérica y el Caribe. Especial atención recibió el papel que cumplen los órganos de control en este tipo de proyectos, los principales nudos en su funcionamiento y sus posibilidades de mejora.

Y no debe sorprendernos. Al menos en Chile, y solo a nivel de multas impuestas a las distintas sociedades concesionarias de obras públicas, es común leer que ellas han aumentado en cuantía o, al menos, en número. Pero ese no debe ser el foco.

Si tales multas son el resultado de incumplimientos detectados y, finalmente, sancionados por los órganos de control, entonces la atención no debe estar en las estadísticas, sino que en la forma cómo se ejerce esa facultad de control y si los mismos problemas que se han identificado en nuestro continente se replican en nuestro país.

 

 

Algunos de estos problemas son: ausencia de una clara definición de roles de los distintos órganos que intervienen en el control de este tipo de proyectos o superposición de funciones entre ellos; dilaciones excesivas en la intervención y definiciones del ente de control y, peor aún, demoras en la comunicación de las decisiones del órgano de control a su contraparte privada; o la falta de coordinación entre los distintos órganos administrativos, son algunas de las deficiencias identificadas en la referida publicación. Deficiencias que contribuirían a generar incertidumbres, desincentivar la participación privada esperada en este tipo de proyectos o, eventualmente, encarecer su financiación.

Aprender de la experiencia comparada. anticipar soluciones a este tipo de deficiencias y analizar nuestros propios errores para evitar que se profundicen es clave para seguir fortaleciendo el rol de las APP en el desarrollo social y económico sostenible de nuestro país.

Fuente: El Mercurio