#ClavesLembeye2024 Convenio para evitar la doble tributación entre EE.UU y Chile

#CLAVESLEMBEYE2024 CONVENIO PARA EVITAR LA DOBLE TRIBUTACIÓN ENTRE EE.UU Y CHILE

El Convenio para Evitar la Doble Imposición entre Chile y Estados Unidos comenzó a aplicarse a partir de enero de 2024 y, respecto de los impuestos de retención, a partir de febrero de 2024, tras recibir la aprobación unánime del Senado para enmendar el convenio correspondiente y establecer medidas de prevención contra la evasión de impuestos sobre la renta y el patrimonio.

El objetivo primordial de este acuerdo es fortalecer el intercambio comercial y las transacciones bilaterales con Estados Unidos, país que representa el 10,9% de la inversión extranjera en Chile, y que se espera aumente significativamente con este convenio.

Principios clave.

Reducción de tasas y eliminación de doble tributación: El Convenio establece tasas reducidas para intereses, dividendos, regalías y ganancias de capital, e incluso su eliminación en algunos casos. Además, permite rebajar como crédito los impuestos pagados en el otro país respecto de todo tipo de rentas, lo que produce una disminución sustancial de la carga tributaria total y mejora la rentabilidad de las inversiones realizadas entre ambos países.

Posicionamiento de Chile: Este convenio permitirá a Chile posicionarse como un hub tributario en Latinoamérica para las inversiones con Estados Unidos, similar al rol que desempeña México actualmente, cumpliéndose ciertos requisitos de sustancia.

Potenciación del Comercio y la Inversión: Al alinear las políticas tributarias, el convenio busca incentivar la inversión y el comercio entre Chile y Estados Unidos en sectores clave como minería, energía, tecnología, finanzas, retail, y salud.

Además, contempla beneficios tributarios adicionales para ciertos inversionistas institucionales, tales como, tasa rebajada de retención para las ganancias de capital, liberación de retención a los dividendos y ganancias de capital pagados a fondos de pensiones, entre otros.

A continuación nos referimos con más detalle a sus principales beneficios:

  1. Dividendos: Antes del Convenio, los dividendos pagados por entidades estadounidenses a residentes chilenos estaban sujetos a una alta tasa de retención de 30%. El Convenio reduce esta tasa a 15% generalmente, y aún más, a 5%, si el receptor posee una participación significativa (al menos el 10%) en la empresa que paga los dividendos. Además, se introduce una exención completa para los fondos de pensiones, eliminando barreras para el flujo transfronterizo de inversiones en este sector.
  2. Intereses: La tasa de retención sobre los intereses se limita significativamente bajo este Convenio. Antes, las tasas podían ser tan altas como 35% en ciertos casos. Ahora, se establece una tasa preferencial del 4% para entidades específicas como bancos y aseguradoras, y una tasa general del 10% para otros casos, siendo transitoriamente 15% por los primeros 5 años.
  3. Regalías: El Convenio también aborda la tributación de las regalías, reduciendo la tasa de retención a un máximo del 10%, y en casos específicos como el uso de equipos industriales o científicos, aún más, a 2%.
  4. Ganancias de Capital: Se reduce la tasa de impuesto aplicable en el país de origen a 16% para ganancias de capital de inversiones directas, con exenciones específicas para fondos de pensiones y en casos de inversiones en bolsa.
  5. Servicios: El Convenio exime del Impuesto Adicional a los ingresos obtenidos por la prestación de servicios, a menos que se constituya un establecimiento permanente en el país, aunque puede ser aplicable el IVA.
  6. Seguros y Reaseguros: Se introduce una tasa de retención reducida para las primas de seguro de 5%, y se mantiene la tasa de 2% para las primas de reaseguro, facilitando la cobertura y los acuerdos entre entidades de ambos países.

En resumen, este Convenio no solo reduce significativamente la carga tributaria en diversas áreas clave, sino que también establece un marco claro y predecible para las operaciones comerciales y de inversión entre Chile y Estados Unidos. Estos cambios están diseñados para estimular la inversión directa y la colaboración económica, beneficiando a ambos países a largo plazo.